Quiénes tendrán descanso el 1 de octubre con motivo de la toma de protesta de Sheinbaum
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Decreto en el DOF excluye a gran parte de los trabajadores mexicanos
El próximo martes 1 de octubre será día de descanso obligatorio según un decreto presidencial, con motivo de la toma de protesta de Claudia Sheinbaum Pardo como la primera mujer presidenta de México en el Congreso de la Unión.
El decreto, publicado el 12 de julio en el Diario Oficial de la Federación (DOF), establece la suspensión de labores en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal debido a la importancia histórica de la fecha.
“El Estado reconoce el derecho de los trabajadores a participar en la vida cívica y conmemorar actos históricos de nuestro país”, afirma el decreto firmado por Andrés Manuel López Obrador.
Esto implica que todas las oficinas gubernamentales y dependencias federales deben otorgar el día libre a sus empleados. Se espera que la Secretaría de Educación Pública (SEP) anuncie pronto que alumnos y profesores también tendrán descanso ese día. A partir de 2024, el 1 de octubre será día de descanso obligatorio cada seis años con motivo de la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
El calendario oficial incluye las siguientes fechas de descanso: 1 de enero; primer lunes de febrero (conmemoración del 5 de febrero); tercer lunes de marzo (conmemoración del 21 de marzo); 1 de mayo; 5 de mayo; 16 de septiembre; tercer lunes de noviembre (conmemoración del 20 de noviembre) y 25 de diciembre.
Sectores sin descanso obligatorio el 1 de octubre
El decreto no abarca a los trabajadores del sector privado. Aunque la transición de poder del Ejecutivo ahora es parte del Calendario Oficial, la Ley Federal del Trabajo aún no se ha armonizado, por lo que millones de mexicanos deberán trabajar ese día.
Las escuelas privadas tampoco están obligadas a otorgar el día libre por la toma de protesta de Sheinbaum Pardo.
Claudia Sheinbaum tomará posesión como presidenta de México el 1 de octubre, haciendo historia como la primera mujer en ocupar este cargo en el país. No obstante, la Ley Federal del Trabajo (LFT) aún no se ha ajustado a la reforma constitucional que trasladó la fecha de toma de posesión, antes el 1 de diciembre.
El artículo 74 de la LFT actualmente establece días de descanso obligatorio como el 1 de enero, primer lunes de febrero, tercer lunes de marzo, 1 de mayo, 16 de septiembre, tercer lunes de noviembre, 25 de diciembre y, eventualmente, el 1 de octubre cada seis años.
El mes pasado, la diputada María de Jesús Aguirre Maldonado del PRI, propuso modificar el artículo 74 de la LFT para incluir el 1 de octubre como día de descanso obligatorio cada seis años, en concordancia con el artículo 83 de la Constitución, que fija la transmisión del Poder Ejecutivo Federal el 1 de octubre.
Aguirre Maldonado explicó que la reforma político-electoral de 2014, publicada el 10 de febrero de ese año, dispuso el cambio de fecha para la toma de posesión presidencial a partir de 2024.
Hasta ahora, el artículo 74 de la LFT aún considera el 1 de diciembre como día no laborable cada seis años, situación que debe ser corregida para alinearse con la Constitución.